domingo, 23 de noviembre de 2008

Anexo I Definiciones Necesarias

Aunque el objetivo de este blog no es el de educar, sino el de informar sobre la actualidad del sector de la informática en España y de las acciones que se están llevando a cabo para conseguir ciertos objetivos, es necesario definir algunos conceptos que irán apareciendo y sin los cuales es imposible hablar con rigor de la situación que se vive en estos momentos. Además se intentaré hacerlo de manera sencilla para que sea mas facil comprender el contexto.

Atribuciones Profesionales : capacidades profesionales específicas de personas que desempeñan una profesión, en este ámbito, reguladas por ley (que no por un plan de estudios).

Competencias : Conjunto de conocimientos, habilidades y destrezas, nos referimos a todo aquello en lo que el titulado es competente porque se ha formado en ello y que regula a través de un plan de estudios.

Ley 12/1986 (A.K.A. "ley Guerra") : Ley del 1 de abril de 1986 en la que se compromete a la asignacion de atribuciones a los titulados de arquitecturas e ingenierías técnicas.

R.D 1393/2007 : Real decreto en el que se informa sobre la nueva disposición de los titulos de grado y en base a que van a ser regulados los mismos.

RITSI : Asamblea Nacional de Representantes de alumnos de Ingeniería Informática e Ingenierías tecnicas en informatica.

CODDI : Conferencia de decanos y directores de centros universitarios de informática.

Colegio Profesional :
corporación de derecho público de carácter gremial integrada por quienes ejercen las llamadas profesiones liberales y suelen estar amparados por el Estado.

Con estas definiciones y sabiendo que los titulos de Ingeniería en Informática e Ingeniería Técnica en Informática se crearon en 1990 estamos en disposicion de informar sobre la actualidad de la situación.












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